El Tribunal Supremo de Puerto Rico Expide Certiorari y Reinstala Sentencia en Caso Representado por MZLS

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El Tribunal Supremo de Puerto Rico expidió un auto de certiorari y reinstaló la sentencia del Tribunal de Primera Instancia a favor de RIOP Corp., representada por MZLS, en un caso de incumplimiento contractual relacionado con una opción de compraventa.

Certiorari y Revisión Judicial: Victoria para RIOP Corporation

El Tribunal Supremo de Puerto Rico expidió un auto de certiorari y resolvió a favor de RIOP Corporation, representada por MZLS, en el caso RIOP Corporation v. José González Laabes (CC-2023-0730). Con esta decisión, el Tribunal reinstaló en su totalidad la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, reforzando principios fundamentales del derecho contractual y la equidad en las transacciones comerciales.

MZLS asumió la representación de RIOP Corp. en la etapa de certiorari, bajo la dirección de Anthony O. Maceira Zayas, logrando una determinación favorable que reafirma la aplicación del principio de cumplimiento específico en los contratos.

Hechos del Caso: Incumplimiento en Contrato de Opción de Compraventa

Este litigio se originó a raíz de un contrato de arrendamiento con opción a compraventa, suscrito en 2017, mediante el cual RIOP Corp. tenía el derecho de adquirir un inmueble en Rincón, Puerto Rico.

El contrato establecía que la opción de compra debía ejercerse dentro de un plazo de cinco años, con un precio de compraventa de $800,000.00. RIOP Corp. ejerció su derecho dentro del término estipulado y obtuvo financiamiento para completar la transacción. Sin embargo, el vendedor se negó a formalizar la venta, argumentando que ciertas áreas del inmueble no estaban incluidas en el contrato.

Debido a esta negativa, RIOP Corp. se vio obligado a seguir pagando cánones de arrendamiento mientras litigaba el cumplimiento del contrato. Para hacer valer su derecho, presentó una demanda por incumplimiento contractual y daños y perjuicios, solicitando:

  • Cumplimiento específico del contrato.

  • Compensación por los cánones de arrendamiento pagados indebidamente.

  • Reconocimiento de su derecho a adquirir la propiedad en su totalidad.

Decisión del Tribunal de Primera Instancia

El Tribunal de Primera Instancia resolvió a favor de RIOP Corp., ordenando:

  • El cumplimiento específico del contrato, incluyendo el terreno en controversia.

  • La reducción del precio de compra, descontando los cánones de arrendamiento pagados desde que RIOP Corp. ejerció la opción de compra.

  • El financiamiento de la compraventa a 20 años con una tasa de interés del 6 %.

  • El pago de honorarios por temeridad y costas procesales por la conducta del vendedor.

El Tribunal fundamentó su decisión en el principio pacta sunt servanda, reconocido en el Artículo 1210 del Código Civil de Puerto Rico, que establece que los contratos son ley entre las partes y deben cumplirse en sus términos.

Modificación del Tribunal de Apelaciones y Recurso de Certiorari

El vendedor presentó un recurso ante el Tribunal de Apelaciones, que modificó la sentencia en dos aspectos:

  • Eliminó la deducción de los cánones de arrendamiento del precio de compra.

  • Redujo el plazo del financiamiento y eliminó la obligación del vendedor de otorgar un préstamo a 20 años.

Ante esta modificación, RIOP Corp., representada por MZLS, presentó una petición de certiorari ante el Tribunal Supremo, argumentando que el Tribunal de Apelaciones erró en su interpretación de los hechos y del derecho aplicable.

Decisión del Tribunal Supremo: Reinstalación de la Sentencia Original

El Tribunal Supremo de Puerto Rico expidió el auto de certiorari, revisó el caso y reinstaló la sentencia original, concluyendo que:

  • El vendedor incumplió su obligación contractual, al negarse a completar la compraventa cuando RIOP Corp. ejerció la opción dentro del plazo pactado.

  • El pago de cánones de arrendamiento constituyó un daño previsible, justificado bajo el Artículo 1060 del Código Civil de Puerto Rico, que dispone que los daños y perjuicios indemnizables incluyen aquellos previstos o previsibles al momento de la relación contractual.

  • El financiamiento a 20 años con una tasa de 6 % era un remedio equitativo, consistente con la jurisprudencia sobre cumplimiento específico en contratos de compraventa (Banco Popular v. Sucesión Talavera, 174 DPR 686 (2008)).

El Tribunal Supremo sostuvo que, en este caso, “RIOP Corp. tenía un derecho a ser resarcida por dicho daño,” ya que “el Tribunal de Primera Instancia tuvo ante sí la suma pactada y pagada por concepto de cánones de arrendamiento.” También concluyó que “el remedio concedido por el foro primario […] fue uno justo y lógico.”

Precedente y Experiencia de MZLS en Litigios Contractuales

Este caso no es el único en el que MZLS ha logrado revertir decisiones administrativas o contractuales en Puerto Rico. A manera de ejemplo, en otro asunto reciente, MZLS representó con éxito a una empresa en la impugnación de una adjudicación de RFP por parte del Departamento de Educación de Puerto Rico (PRDE).

En ese caso, el Tribunal de Apelaciones revocó la adjudicación del contrato tras una solicitud de revisión judicial presentada por MZLS, demostrando irregularidades en el proceso de selección. Este precedente refuerza el compromiso y conocimiento de MZLS en materias de contratación pública, subastas y procesos apelativos. Lea más sobre ese caso aquí.

MZLS: Representación en Certiorari y Apelaciones en Puerto Rico

MZLS sigue consolidándose como una firma de referencia en litigios de alto nivel, representando a clientes en disputas contractuales y certiorari ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

La representación de RIOP Corp. en este caso estuvo a cargo de:

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La práctica apelativa de MZLS continúa fortaleciéndose con la reciente incorporación del exjuez Asociado del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Hon. Edgardo Rivera García, quien se unió a la firma como Special Counsel. Con una trayectoria destacada en la judicatura y un profundo conocimiento en apelaciones y revisión judicial, su incorporación refuerza la capacidad de MZLS para representar a clientes en disputas complejas ante los foros más altos de la Isla.